Ser docente o directivo docente con título de pregrado.
Ser docente o directivo docente del sector oficial de Bogotá nombrado en propiedad.
No encontrarse en período de prueba.
No encontrarse en comisión de estudios, ni en comisión de servicios fuera del aula.
No ser beneficiario(a) activo de los Fondos de Formación Avanzada para docentes SED [1].
No haber sido sancionado por la Oficina de Control Interno Disciplinario, en los últimos tres años previos a esta convocatoria.
Contar con la aprobación del deudor solidario.